DESCRIPCIÓN
<p>(PeNo) Terreno en venta</p><p><br></p><p>Desarrollo Residencial + Comercial</p><div>Av. Nazca 1172 · Villa del Parque, CABA · Sec. 67 · Mz. 26 · Parc. 38</div><div><br></div><div>Excelente terreno en venta en Villa del Parque, CABA. Superficie de 440 m², frente de 8,64 mts sobre Av. Nazca. Zonificación USAA según Código Urbanístico vigente, con altura máxima de 22,80 mts y posibilidad de desarrollar PB + 7 pisos + 2 retiros.</div><div><br></div><div>Apto para proyecto residencial con local comercial en planta baja. Mixtura de usos 3: residencia, depósitos con local de venta y comercios de mediana afluencia. No requiere cocheras obligatorias. Permite hasta 3 subsuelos.</div><div><br></div><div>Superficie vendible estimada: 1.732 m² (cubierta + semicubierta + descubierta). Superficie cubierta a construir: 1.989 m². Incluye local comercial en PB y 8 unidades funcionales con balcones al frente y fondo en todos los pisos.</div><div><br></div><div>Sin protección patrimonial (Ley 3056). Manzana no atípica. Informe de prefactibilidad completo disponible. Se aceptan metros como parte de pago. Consultar condiciones.</div><div><br></div><div><br></div><div>Edificabilidad<div>. Unidad de Edificabilidad / Corredor: Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta | U.S.A.A (Ley 6361 Art. 6.2)</div><div>. Altura Máxima: 22,8mts (Ley 6361 Art. 6.2)</div><div>. Perfil Edificable: Ley 6361 Art. 6.3, 6.3.1 y 6.3.1.1</div><div><br></div><div><br></div><div>. Área Edificable: L.O - L.F.I.<div>. Afectaciones: Riesgo Hídrico: Si. 7.2.8.3.1. Compromiso Ambiental en materia de prevención de Riesgo Hídrico:</div><div>Para la aprobación de obras nuevas cuya superficie cubierta sea de más de doscientos (200) m2 y</div><div>su altura máxima sea superior a once metros con veinte centímetros (11,20 metros) y se</div><div>encuentren dentro de los polígonos determinados por el Plano N° 7.2.8.3.1 como áreas de</div><div>prevención de Riesgo Hídrico deben implementar la ralentización de conformidad al artículo</div><div>7.2.8.3.2 y la normativa de edificación que regule la materia. Los subsuelos deberán dar</div><div>cumplimiento a la normativa de edificación que regule la materia. El Centro Libre de Manzana será</div><div>absorbente de conformidad al artículo 7.2.2. La implementación de esta herramienta se computará</div><div>para el cálculo de los incentivos del apartado 7.2.8.2 c) sólo cuando se conjuguen con otras</div><div>herramientas de Compromiso Ambiental, según se reglamente por el Poder Ejecutivo.</div><div><br></div><div>Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable | Plusvalía<div>. Zonificación según CPU: E3</div><div>. Superficie de Parcela: 443 m²</div><div>. FOT: 3</div><div>. Incidencia Uva: 130</div><div>. Alicuota: 0,18</div><div><br></div></div><div><br></div></div></div>